Poder Notarial

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¿Necesitas facultar a otra persona para emprender acciones jurídicas en tu nombre? La solución es una autorización legal otorgada mediante Escritura Pública.
En la Notaría 26 de San Luis Potosí te extendemos el Poder que requieras para tu apoderado según el objetivo perseguido.

¿Qué es un Poder Notarial?

El Poder Notarial es un documento mediante el cual se autoriza a una persona de confianza que lleve a cabo, en representación del otorgante, una diversidad de trámites administrativos o legales.
Se trata de un instrumento que se redacta en forma de carta y se suscribe por el otorgante, además de requerir de testigos.

Facultades que se otorgan por Poder

La persona apoderada podrá realizar acciones civiles como:

  • Comprar, vender, escriturar o administrar propiedades
  • Retirar dinero y manejar cuentas bancarias
  • Registrar a menores
  • Participar en juicios y procedimientos legales

Tipos de Poderes Notariales

Existen distintos tipos de Poderes Notariales, según el nivel de facultades que recibirá el apoderado para actuar a nombre del titular; asimismo, las diferencias se relacionan con una materia específica.

a) Poderes Especiales

Se emplean únicamente para cierto fin exclusivo, el cual se delimita expresamente en el documento; una vez realizada esa acción específica, el mandato se anula de forma automática.

b) Poderes Generales

Pueden ser usados para una cantidad ilimitada de actos, de manera que el apoderado está faculta al apoderado para representar al poderdante en múltiples gestiones mientras el documento no sea revocado o fallezca una de las partes.

Hay 3 tipos de Poderes Generales, mismos que pueden unirse en un solo Poder Amplio para otorgar pleno uso y dominio de propiedades.

  1.       Poder General para Pleitos y Cobranzas. Sirve para efectuar cobros a nombre del poderdante y representarlo en juicios, independientemente que éstos sean de carácter familiar, laboral o administrativo.
  2.       Poder General para Actos de Administración. Sirve para gestionar bienes e intereses del poderdante; por ejemplo, al arrendar un bien inmueble a nombre del propietario.
  3.       Poder General para Actos de Dominio. Sirve para adquirir bienes a nombre del poderdante o para venderlos, hipotecarles o donarlos; es el más completo porque otorga todas las facultades del dueño a un representante autorizado para ejercer una actividad vinculada con el dominio de bienes.

FAQ - Poder Notarial

En su estructura, debe contener la duración; de no incluir esta información explícita, se presume que el poder ha sido otorgado por el tiempo máximo establecido en el Código Civil de la entidad federativa.

Entre las principales diferencias se encuentran:

  1. El Poder Notarial requiere un nivel mayor de formalidad.
  2. La Carta Poder no permite vender bienes inmuebles o bienes raíces.
  3. El valor de los bienes sobre los cuales se otorga poder es más alto en el caso del Poder Notarial (suele ser de mil veces el salario mínimo, según el Código Civil local).

El apoderado o mandatario es quien se obliga a ejecutar por cuenta de otra persona, llamada poderdante o mandante, los actos jurídicos que ésta le encargue.

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