Sociedades Civiles

SERVICIOS DE SOCIEDADES CIVILES

¿Buscas conformar una Sociedad Civil? La Notaría 26 en la ciudad de San Luis Potosí respalda tus procedimientos

Con los Servicios Corporativos de nuestra Notaría Pública para la constitución de una Sociedad Civil, su registro ante los órganos pertinentes y la protocolización de sus acuerdos, estarás a un paso de concretar su operación.

La firma autenticada de documentos y la celebración de los contratos y resoluciones con el aval del Notario Público 26 de San Luis Potosí aporta la garantía de legalidad y el cumplimiento de requisitos acordes a la normativa para que tu Sociedad Civil persiga los intereses para los que fue creada.

La Notaría 26 de SLP avala las operaciones de tu Sociedad

Según la Ley General de Sociedades Mercantiles, no se puede establecer una sociedad o asociación sin la participación de un Notario Público. Esto, porque solamente el Fedatario está facultado para constituir tanto las Sociedades Mercantiles como las Sociedades Civiles.

Y no solamente te brindamos servicios notariales para la constitución legal de tu Sociedad Civil, sino también para sus reformas estatutarias y hasta en el momento de su disolución, entre otras fases.

¿Cómo opera una Sociedad Civil?

La Sociedad Civil se crea con el objetivo de realizar actividades con fines de lucro, pero sin especulación comercial. Bajo la óptica legal, se trata del instrumento jurídico por medio del cual las personas físicas o morales hacen uso del derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.

Así, una Sociedad Civil es una corporación de naturaleza privada a la que se otorga personalidad jurídica de manera permanente mediante la aportación de bienes e industrias con el objetivo de lograr un fin común de carácter preponderantemente económico, siempre y cuando este fin no constituya una actividad de comercio.

FAQ - Sociedades Civiles

Se le define como un contrato a través del cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.

Se permite la colaboración entre un grupo de profesionales para el cobro por honorarios de actividades profesionales o consultorías, mas no la venta de productos o mercancías.

La principal diferencia radica en la finalidad de su objeto social:

  • Sociedad Mercantil. Persigue fines de lucro al realizar actividades comerciales.
  • Sociedad Civil. Persigue fines de lucro y no realiza actividades comerciales.
  • Asociación Civil. No persigue fines de lucro y no realiza actividades comerciales.
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