Revocación de Poderes

SERVICIO DE REVOCACIÓN DE PODERES

Solicita la Revocación de Poderes para tu Sociedad en la Notaría No. 26 de San Luis Potosí

Depositar o retirar la representación de la sociedad, de poderes y del mandato en un administrador siguiendo las formalidades señaladas por la ley implica un acto de formalidad legal; es decir, la Protocolización de dicho otorgamiento o revocación por medio de un Notario Público.

Si necesitas revocar el Poder delegado en un tercero para llevar a cabo diligencias administrativas de tu organización, en la Notaría 26 de San Luis Potosí te ayudamos a efectuar el proceso dando validez legal a este trámite.

¿Qué es la Revocación de Poderes?

La Protocolización de los Poderes otorgados por la Asamblea de Accionistas es una faceta vital para formalizar la personalidad con que actúan los representantes legales de una Sociedad Mercantil o Civil, quienes quedan así facultados para realizar todas las operaciones inherentes a su objeto social.

Lo mismo ocurre con el caso opuesto: la Revocación de los Poderes investidos en un socio o un tercero representante de la empresa, acción que solamente podrá delimitada en el marco jurídico con la participación de Actas Notariales.

Protocolo de Revocación ante Notario Público en SLP

En México, los Fedatarios desempeñan un papel fundamental en las actividades de una Sociedad Mercantil o Civil a través de la emisión de documentos de autenticación, incluyendo la asignación o revocación de Poderes.

Solicita nuestra asistencia para documentar tus asuntos corporativos y asesorar a tu empresa o asociación en éstos y otros procesos que requieras.

FAQ - Revocación de Poderes

Avalar el cumplimiento de requisitos con apego a las normas vigentes en la constitución de una empresa o asociación y su posterior funcionamiento es una de las funciones del Notario Público especializado en Derecho Corporativo.

Por resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si se otorga un Poder General para Actos de Administración no es factible suponer que se otorga a la vez un Poder General para Pleitos y Cobranzas.

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